Licencia Interautonómica de caza

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Licencia Interautonómica de caza

DESDE EL PASADO  14 DE NOVIEMBRE SE PUEDE SOLICITAR LA LICENCIA INTERAUTONÓMICA DE CAZA

El 14 de octubre de 2015 se materializó el convenio entre varias comunidades autónomas y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para el establecimiento de la LICENCIA INTERAUTONÓMICA DE CAZA, y que entró en vigor a partir del 14 de noviembre.

Finalmente 7 comunidades han suscrito el convenio:

¿En qué consiste esta nueva licencia de caza?

Se trata de un documento único que simplifica los trámites administrativos para aquellos pescadores que practiquen estas actividades en más de una comunidad autónoma, ya que con la licencia interautonómica podrán pescar en los terrenos cinegéticos o ríos de las comunidades adheridas al convenio sin necesidad de realizar trámites adicionales.

El importe de la licencias será de 70€ para la licencia interautonómica de caza. Permiten realizar la actividad durante su periodo de vigencia, que será de un año desde su expedición.

Esta nueva licencia no sustituye a las licencias autonómicas, que seguirán funcionando y expidiéndose de la misma manera para aquellos pescadores que solo deseen practicar la pesca en su comunidad.

¿Cómo puedo obtener la licencia interautonómica de caza?

En el menú superior de esta página, encontrará como tramitar la licencia en el apartado «OBTENER LICENCIA».

Requisitos:

  • Ser ciudadano español o extranjero residente en España.
  • Abonar la tasa correspondiente (70€ para la licencia de caza).
  • No encontrarse inhabilitado (por sanción administrativa en cualquiera de las Comunidades Autónomas signatarias o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal).
  • Estar habilitado para la caza (mediante posesión de licencia antigua o haber superado el examen del cazador o sistema equivalente) y aportar los datos necesarios de la solicitud.

Información obtenida de la web de la Junta de Castilla y León

Licencia Interautonómica de pesca

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Licencia Interautonómica de Pesca

DESDE EL PASADO  14 DE NOVIEMBRE SE PUEDE SOLICITAR LA LICENCIA INTERAUTONÓMICA DE PESCA

El 14 de octubre de 2015 se materializó el convenio entre varias comunidades autónomas y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para el establecimiento de la LICENCIA INTERAUTONÓMICA DE PESCA EN AGUAS CONTINENTALES, y que entró en vigor a partir del 14 de noviembre.

Finalmente 7 comunidades han suscrito el convenio:

¿En qué consiste esta nueva licencia de pesca?

Se trata de un documento único que simplifica los trámites administrativos para aquellos pescadores que practiquen estas actividades en más de una comunidad autónoma, ya que con la licencia interautonómica podrán pescar en los terrenos cinegéticos o ríos de las comunidades adheridas al convenio sin necesidad de realizar trámites adicionales.

El importe de la licencias será de 25€ para la licencia interautonómica de pesca. Permiten realizar la actividad durante su periodo de vigencia, que será de un año desde su expedición.

Esta nueva licencia no sustituye a las licencias autonómicas, que seguirán funcionando y expidiéndose de la misma manera para aquellos pescadores que solo deseen practicar la pesca en su comunidad.

¿Cómo puedo obtener la licencia interautonómica de pesca?

En el menú superior de esta página, encontrará como tramitar la licencia en el apartado «OBTENER LICENCIA».

Requisitos:

  • Ser ciudadano español o extranjero residente en España.
  • Abonar la tasa correspondiente (25€ para la licencia de pesca).
  • No encontrarse inhabilitado (por sanción administrativa en cualquiera de las Comunidades Autónomas signatarias o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal).

Información obtenida de la web de la Junta de Castilla y León

Licencia interautonómica en Extremadura

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Licencia interautonómica en Extremadura

En este artículo os mostramos como obtener la Licencia interautonómica en Extremadura.

Presentación de solicitudes:

a) Presencial:

Para obtener la licencia, una vez abonada la tasa correspondiente en cualquier entidad bancaria mediante el modelo 50, podrá rellenar el modelo de solicitud, imprimirlo y junto con el resguardo del pago de las tasas presentarlo en la oficina de expedición de licencias o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38. 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigido a la Dirección General de Medio Ambiente.

En cumplimiento de los principios de simplificación administrativa, para la expedición de la licencia interautonómica no es necesario aportar documentación acreditativa. Bastará con que el ciudadano realice una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigibles.

b) Por Internet:

Actualmente no existe la posibilidad de realizar la solicitud vía internet, no obstante puede solicitarla en alguna de las demás comunidades por esta vía.

 

Información obtenida de la web de la Comunidad de Extremadura.

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