Cazar sin licencia es una infracción administrativa en todas las comunidades, pero cada ley de caza la clasifica a su manera: en unas es leve y en otras grave, con multas y retirada de la licencia muy distintas. Te resumimos lo que dicen los textos consolidados del BOE de varias leyes autonómicas.
Actualizado el 1 de noviembre de 2026.
En resumen
- Andalucía: grave, de 601 a 4.000 €.
- Castilla-La Mancha: grave, de 601 a 6.000 € y retirada de 1 a 3 años.
- Comunitat Valenciana: grave, de 301 a 3.000 € y retirada de la licencia.
- Castilla y León: leve, de 200 a 2.000 €; si te la habían retirado, grave.
- No llevarla encima no es lo mismo que no tenerla: en Castilla-La Mancha es leve si no la presentas en 72 horas.
Multa por cazar sin licencia en cada comunidad
Datos de los textos consolidados del BOE consultados el 1 de noviembre de 2026:
| Comunidad | Conducta | Tipo | Sanción |
|---|---|---|---|
| Andalucía | Cazar sin licencia válida o con datos falsificados (Ley 8/2003, art. 77.7) | Grave | 601 a 4.000 € |
| Castilla-La Mancha | No tener licencia de caza o cualquier otro documento necesario (Ley 3/2015, art. 74.7) | Grave | 601 a 6.000 € y retirada de la licencia e inhabilitación de 1 a 3 años |
| Comunitat Valenciana | Cazar careciendo de la licencia de caza en vigor (Ley 13/2004, art. 58.2.12.º) | Grave | 301 a 3.000 €, retirada de la licencia y, en su caso, inhabilitación de 1 a 2 años |
| Castilla y León | Cazar o transportar armas u otros medios de caza listos para su uso sin licencia en vigor (Ley 4/2021, art. 85.6) | Leve | 200 a 2.000 € y posible retirada de menos de un año |
| Castilla y León | Cazar teniendo retirada la licencia o estando inhabilitado (Ley 4/2021, art. 84.4) | Grave | 2.000,01 a 10.000 € y posible retirada de 1 a 3 años |
| Extremadura | Cazar sin licencia o permiso en terrenos cinegéticos de gestión pública y zonas de caza limitada (Ley 14/2010, art. 87.1.2.º) | Muy grave | 2.501 a 50.000 €, retirada e inhabilitación de 2 años y un día a 5 años |
Las cuantías se gradúan según las circunstancias (reincidencia, daño causado, intencionalidad), y la Administración puede además decomisar las piezas y los medios de caza. Del resto de comunidades no damos cifras hasta comprobarlas en su ley: consulta la ley de caza de tu comunidad.
No tenerla no es lo mismo que no llevarla
En Castilla-La Mancha, cazar teniendo la licencia pero sin portarla es una infracción leve (Ley 3/2015, art. 73.5) si no la presentas en menos de 72 horas, con multa de 100 a 600 €. Por eso conviene llevar siempre encima la licencia, el DNI y el seguro obligatorio.
¿Y si cazas con armas sin licencia de armas?
La licencia de caza y la licencia de armas son documentos distintos. La de armas depende de la Guardia Civil y su falta se sanciona por la normativa de armas y de seguridad ciudadana, no por la ley de caza.
Cómo evitarlo
- Comprueba la fecha de caducidad y renueva la licencia antes de la temporada.
- Si cazas en varias comunidades del convenio, la licencia interautonómica de caza te cubre en las diez.
- Fuera del convenio necesitas la licencia de esa comunidad: mira dónde no vale la interautonómica.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la multa por cazar sin licencia?
Depende de la comunidad. En Andalucía es una infracción grave de 601 a 4.000 €; en Castilla-La Mancha, grave de 601 a 6.000 €; en la Comunitat Valenciana, grave de 301 a 3.000 €, y en Castilla y León, leve de 200 a 2.000 €.
¿Te pueden retirar la licencia por cazar sin ella?
Sí, como sanción accesoria. En Castilla-La Mancha, por ejemplo, las infracciones graves conllevan la retirada de la licencia y la inhabilitación para obtenerla de 1 a 3 años.
¿Qué pasa si tengo licencia pero no la llevo encima?
En Castilla-La Mancha es una infracción leve (100 a 600 €) si no la presentas en menos de 72 horas.
¿Es delito cazar sin licencia?
Cazar sin licencia es una infracción administrativa según las leyes de caza autonómicas. Otras conductas, como cazar especies protegidas, pueden tener consecuencias penales.
¿Sirve la licencia de otra comunidad?
Solo si es la interautonómica y cazas en una comunidad del convenio. La autonómica de otra comunidad no te habilita.
Fuentes oficiales
- BOE-A-2003-21941. Ley 8/2003 de la flora y la fauna silvestres de Andalucía (arts. 77 y 82): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-21941 (consultado el 01/11/2026)
- BOE-A-2015-6877. Ley 3/2015 de Caza de Castilla-La Mancha (arts. 73, 74 y 76): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-6877 (consultado el 01/11/2026)
- BOE-A-2005-2358. Ley 13/2004 de caza de la Comunidad Valenciana (arts. 58 y 60): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2005-2358 (consultado el 01/11/2026)
- BOE-A-2021-12058. Ley 4/2021 de Caza de Castilla y León (arts. 84, 85 y 91): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-12058 (consultado el 01/11/2026)
- BOE-A-2010-19851. Ley 14/2010 de caza de Extremadura (art. 87): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-19851 (consultado el 01/11/2026)
