Dónde NO vale la licencia interautonómica de pesca y caza

La licencia interautonómica te ahorra trámites, pero no es una licencia «para toda España». Según el convenio publicado en el BOE el 10 de marzo de 2026, las dos licencias (una de caza y otra de pesca) son válidas exclusivamente en las comunidades que firman el convenio. Además, aunque estés en una de ellas, la licencia no sustituye a los permisos de coto, al seguro del cazador ni a la normativa de cada territorio.

Actualizado el 20 de octubre de 2026.

En resumen

  • Vale en 10 comunidades: Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Principado de Asturias y Región de Murcia.
  • No vale en: Cantabria, Cataluña, País Vasco, Navarra, La Rioja, Illes Balears y Canarias, ni en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
  • No cubre la pesca en el mar: la de pesca es solo para aguas continentales (ríos, embalses, lagos…).
  • No sustituye los permisos de coto, la licencia de armas, el seguro obligatorio del cazador ni las normas de vedas, cupos y tallas de cada comunidad.

Comunidades donde la licencia interautonómica no sirve

La cláusula segunda del convenio dice que ambas licencias «serán válidas exclusivamente en los territorios de las Comunidades Autónomas parte del presente convenio». Las partes son las diez que se citan arriba. Cualquier otro territorio queda fuera.

Territorio ¿Vale la interautonómica? Qué necesitas
Cantabria ❌ No Licencia de Cantabria (trámite en la sede del Gobierno de Cantabria)
Cataluña ❌ No Licencia catalana de pesca recreativa o de caza (Gencat)
País Vasco ❌ No Licencias propias del País Vasco. Información de pesca en las diputaciones forales (Bizkaia, Álava)
Navarra ❌ No Licencia de Navarra (pesca y caza en navarra.es)
La Rioja ❌ No Licencia de La Rioja (caza y pesca en larioja.org)
Illes Balears ❌ No Consulta la licencia que corresponde en la web del Govern de les Illes Balears
Canarias ❌ No Consulta la licencia que corresponde en la web del Gobierno de Canarias
Ceuta y Melilla ❌ No No figuran en el convenio. Consulta el régimen de licencias en cada ciudad autónoma

En Navarra, por ejemplo, solo se puede cazar en cotos autorizados, y el Gobierno foral expide con carácter excepcional permisos temporales de caza a cazadores no residentes que tengan en regla la licencia de su comunidad. En La Rioja, la licencia de pesca exige haber superado una prueba de aptitud o un curso, salvo algunas exenciones. En Cantabria la licencia de caza y de pesca continental se tramita en su propia sede electrónica (para caza exige ser mayor de 14 años y certificado de aptitud), y en Cataluña existe una licencia propia de pesca recreativa de superficie. Si vas a pescar allí, en Escuela de Pesca tienen guías de la licencia de pesca de Cantabria, de la de Cataluña y del resto de comunidades.

¿Y si se adhieren más comunidades? El convenio permite nuevas adhesiones (cláusula decimoquinta). La adhesión solo surte efecto cuando se inscribe en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Hasta que eso pase y se publique, cuenta solo con las diez actuales.

Dato útil: los Gobiernos de Castilla-La Mancha y de Extremadura admiten sus licencias autonómicas de pesca en varias masas de agua fronterizas entre ambas (por ejemplo, tramos del Tajo, del Tiétar o el embalse de Cíjara). Lo indica la web Pesca y Ríos en Extremadura. La interautonómica, en cualquier caso, vale en las dos.

La licencia de pesca interautonómica no vale en el mar

El convenio define la licencia de pesca como la que habilita «al ejercicio de pesca fluvial» en aguas continentales. Para pescar desde la costa, desde una embarcación en el mar o para hacer pesca submarina necesitas la licencia de pesca marítima de recreo de la comunidad correspondiente. Andalucía, por ejemplo, tiene sus propias clases y tasas de pesca marítima recreativa (6,28 € desde tierra y 12,52 € desde embarcación en 2026).

¿Dónde acaba el río y empieza el mar? Lo fija cada comunidad. La Generalitat Valenciana, por ejemplo, considera aguas continentales hasta la línea recta imaginaria que une las dos orillas en la desembocadura. En el resto de comunidades, sobre todo en estuarios y rías de Galicia y Asturias, consulta el límite en la orden de vedas o en la web de pesca de la comunidad antes de salir.

Cotos y tramos con permiso: la licencia no basta

La licencia te habilita para pescar o cazar, pero no te da acceso a cotos ni a tramos regulados. En muchos sitios necesitas además un permiso:

  • Asturias: la licencia vale en los ríos clasificados como «zonas libres». Para pescar en un coto hace falta además el permiso de pesca.
  • Extremadura: en un coto de pesca necesitas, además de la licencia, el permiso diario.
  • Andalucía, Castilla-La Mancha y Galicia cobran permisos aparte para sus cotos (por ejemplo, 5,77 € por un permiso de coto de trucha común sin muerte en Andalucía, o de 2 € a 8 € según la categoría en Galicia).
  • Caza: la licencia tampoco te da acceso a cotos ni a reservas de caza. Las condiciones de acceso las fijan su titular o la comunidad que las gestiona; consúltalas en la web de caza de cada comunidad.

Modalidades y especies: cada comunidad pone sus reglas

El convenio es claro (cláusula cuarta): la caza o la pesca con licencia interautonómica «quedará sometida a la normativa autonómica correspondiente», y cada comunidad aplica su propio régimen sancionador. Eso significa que:

  • Las vedas, los cupos, las tallas mínimas, las especies pescables o cazables y los cebos o artes permitidos son los de la comunidad en la que estés.
  • La licencia de caza vale «en todas sus modalidades, tanto con armas como sin ellas». Pero si una modalidad necesita una autorización específica en esa comunidad, también tendrás que pedirla. Qué modalidades necesitan autorización propia lo indica la normativa de caza de cada comunidad: consúltalo en su web de caza o en su orden de vedas antes de salir. Murcia, por ejemplo, cobra una tasa específica por «cazar o capturar con medios o modalidades que precisen permisos especiales».

Algunas comunidades detallan qué incluye la interautonómica:

Comunidad Qué incluye la licencia interautonómica según su normativa
Andalucía (pesca) La licencia básica más los recargos de trucha y de medio auxiliar con o sin motor, sin pago adicional
Andalucía (caza) La licencia básica en todas sus modalidades y la licencia de rehala, sin pago adicional
Galicia (pesca) Las recargas de reo y salmón, la de pesca a flote y la licencia de embarcación
Aragón (pesca) Todas las modalidades, incluida la licencia de embarcación, «con independencia de los permisos que concedan los Organismos de Cuenca»
Resto Consulta en la web de pesca o caza de cada comunidad si la interautonómica incluye los recargos o licencias complementarias que allí se cobran aparte (por ejemplo, la pesca del salmón en Asturias, en pescafluvial.asturias.es)

Lo que la licencia interautonómica no sustituye

  • Licencia de armas y seguro obligatorio (caza con armas). El propio modelo oficial de licencia recuerda que hay que llevar «la correspondiente licencia de armas, así como el seguro de responsabilidad para caza con armas». Lo explicamos en nuestra guía del seguro de responsabilidad civil para cazar.
  • Documento de identidad: la licencia solo es válida acompañada del DNI, NIE o pasaporte.
  • Permisos de navegación de las confederaciones hidrográficas, si pescas desde una embarcación (Aragón lo menciona expresamente).
  • Registro de la rehala: en Andalucía, para usar rehalas con la interautonómica, la rehala debe estar inscrita en el Registro Único de Ganadería de Andalucía o en el registro equivalente de tu comunidad (Decreto-ley 2/2026).

Si estás inhabilitado en una comunidad

El convenio exige no estar inhabilitado en ninguna de las comunidades firmantes para obtener la licencia interautonómica, y las inhabilitaciones se comparten a través de la plataforma estatal LICICAZ. Según la Junta de Castilla y León, ese registro común solo afecta a la interautonómica: aunque estés inhabilitado en una comunidad, podrías seguir sacando la licencia autonómica de otra, salvo que una resolución judicial diga lo contrario.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pescar en Cantabria con la licencia interautonómica?

No. Cantabria no ha firmado el convenio de 2026. Necesitas la licencia de pesca continental de Cantabria.

¿La licencia interautonómica vale en el País Vasco o en Navarra?

No. Ninguna de las dos está en el convenio. Hace falta la licencia propia de cada territorio.

¿Sirve para pescar en el mar o en la playa?

No. La licencia interautonómica de pesca es solo para aguas continentales. Para el mar necesitas la licencia de pesca marítima de recreo de la comunidad.

¿Con la interautonómica puedo pescar en cualquier coto?

No. La licencia te habilita para pescar, pero los cotos exigen además su permiso. Por ejemplo, Asturias y Extremadura lo piden expresamente.

¿Tengo que cumplir las vedas de cada comunidad?

Sí. Las vedas, cupos, tallas y modalidades son las de la comunidad donde pesques o caces, y cada una aplica sus propias sanciones. Consulta siempre la orden de vedas vigente de la comunidad antes de salir.

¿Me pueden multar en una comunidad aunque la licencia sea de otra?

Sí. La licencia es válida en las diez, pero las infracciones se sancionan según la ley de la comunidad donde se cometan.

Fuentes oficiales